BAJA TEMPORAL Y PRÓRROGA DE LA BAJA DE UN VEHÍCULO

La baja temporal de un coche es un proceso mediante el cual se suspende temporalmente la circulación de un vehículo en la vía pública, generalmente por un periodo determinado de tiempo. Esto puede ser por una variedad de motivos, como por ejemplo reformas, cambios de propietario, cambios de matrícula, entre otros.

BAJA TEMPORAL
BAJA TEMPORAL
  • Durante el período en que un vehículo esté de baja temporaria no podrá circular y estará exento de pagar el impuesto municipal de circulación.
  • En la situación de baja temporal, puedes revertir, o pasar una baja definitiva, en el momento que quieras.
  • Antes de volver a utilizar el vehículo, debe estar de alta .

Es tipo de bajas tiene un caracter temporal, con una duración máxima de un año.

  • Antes de la finalización de la retirada, se puede solicitar una prórroga que durará un añosin que exista un límite en el número de prórrogas que puedes ampliar.
  • La prórroga podrá solicitarse hasta 2 meses antes de la finalización del desistimiento actual y aumentará la vigencia del desistimiento en un año desde la finalización del desistimiento inicial, no desde la presentación de la prórroga. Es decir, no se recortarán los días en los que haya adelantado la presentación de la prorroga al fin de la baja.
  • En el momento de finalización del periodo de baja temporal, y no habiendo solicitado prórroga, el vehículo volverá automáticamente a la otra situación administrativa, con todas las implicaciones que ello tenga.

Recuerda que cualquier vehículo estacionado en la vía pública debe ser seguro y tener la ITV en vigor, por lo que si das de baja temporalmente un vehículo, deberás custodiarlo en una propiedad privada.

¡Importante! Y hay algún precinto sobre el vehículo que no es posible tramitar la baja, ya sea temporal o definitiva. Es preciso canceller dicho precinto a la solicitud de baja del mismo.

En los casos en los que existió sustracción de vehículo, debe poner la denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. No tienes que acudir a la DGT para detener tu vehículo, automáticamente nos avisarán de la baja temporal por sustracción en el momento de formalizar la denuncia. En este caso la vigencia de la baja tendrá carácter indefinido.

Del mismo modo, cuando recupere su vehículo tras denunciarlo, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se encargarán de devolver su vehículo a otra ubicación.

 

Para el caso de vehículos agrícolas, antes de presentar la solicitud a la DGT, deberás acudir al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado tu vehículo para el pago de la matrícula.

Cuando nos solicite la baja debredas presente el documento acreditativo de que el vehículo está de baja en el ROMA. Esta acreditación podrá ser sustituida por la verificación electrónica en la Comunidad Autónoma correspondiente.

 

Tanto la solicitud de suspensión temporal de un vehículo como la solicitud de prórroga anual se pueden realizar de las siguientes formas:

1. A través de Internet mediante nuestra aplicación web. Te enviaremos un comprobante de pago desde la dirección de correo electrónico que nos indiques en tu solicitud en un plazo aproximado de una semana.

Si necesitamos alguna aclaración o corrección de su solicitud, nos pondremos en contacto con usted a través de teléfono o dirección de correo electrónico.

2. En persona, entregando toda la documentación que se indica en el apartado ¿Qué necessitas? en cualquier Robo en la Oficina de Tráfico. En este caso, es necesario solicitar una cita previa. vía Internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presional en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Las sociedades y demás personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar los trámites electrónicos.

 

Tanto para la solicitud de baja temporal de un vehículo como para la solicitud de su prórroga anuale necessários:

a) Y lo hago a través de Internet:

  • Tu certificado digital, DNI electrónico o tus credenciales de cl@ve para acceder al servicio.
  • Me suscribo a la tarifa 4.1 correspondiente. Puede pagar la cuota de la misma forma presionando el botón ‘Comprar’ en el panel de Solicitud. Si ha adquirido previamente el pedido, puede introducir el número de pedido, que se encuentra en la última página del ticket de compra ayuda
  • Una vez que veo dentro del registro de solicitud duplicada:
    • Rellena los campos de contacto, modo de notificación e ingresa la matrícula del vehículo.
    • Si se trata de un vehículo agrícola, deberá adjuntar el documento acreditativo de que el vehículo está matriculado en ROMA. Esta acreditación podrá ser sustituida por la verificación electrónica en la Comunidad Autónoma correspondiente.

b) Y completó el papeleo en persona., deberías contribuir:

  • Solicitud en impreso relleno oficialque se facilita también en las Traffic Chiefs.
  • Identificación del interesado: Documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjero). En el caso de menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredita el concepto.
  • Prueba de pago cono suelto datos de la tabla 4.1 comprada anteriormente. Recuerda que el trámite es gratuito en el caso de desistimiento.
  • Para el caso de vehículos agrícolas deberás presentar, además de todo lo anterior, un documento que acredite que el vehículo está registrado en ROMA. Esta acreditación podrá ser sustituida por la verificación electrónica en la Comunidad Autónoma correspondiente.

 

 

Tanto para tramitar la baja temporal de un vehículo como para realizar cada una de las prórrogas anuales anteriores, será necesario adquirir:

¿Quién puede realizarlo?

 

El dueño del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de Poderes.

También puedes personarte siempre que dispongas de un documento firmado por el interesado donde le autorices a realizar la solicitud. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT «Autorización de Representación».

Y lo transmitirá a otra persona a su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, deberá indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

 

 

¿A qué vehículos se aplica la suspensión temporal?

Pero puedes dar de baja voluntariamente cualquier vehículo: coche, moto, camión, autobús…


¿Qué diferencia hay entre una prohibición temporal y una definitiva?

La baja temporal es para vehicules que, por el motivo que sea, no van a ser usados ​​durante un periodo de tiempo, pero que es muy posible se vuelva a usar en el futuro. Es por tanto un estado que es facil revertir y volver a circular con el vehiculo otra vez.

La baja definitiva, sin embargo, implica llevar el vehículo a un desguace, por lo que, a menos que el vehículo tenga un valor histórico, será imposible recuperarlo.


¿Puedo circular mientras mi vehículo se encuentra en baja temporal?

No. Si desea volver a circular con su vehículo, antes de hacerlo deberá tramitar el otro de vehiculo en baja temporal.


¿Ha de pasar la ITV de un vehículo en baja temporal? ¿Y lo he de tener seguro?

No, en la situación de avería temporal no es necesario que tengas ITV en vigor, ni que contrates un seguro para tu vehículo.


Un vehicule en baja temporal, ¿Cómo puedo volver a usar?

Para ello, ha de solicitarlo ante Tráfico con el trámite de «otro de vehiculo en baja temporal«, donde te explicamos los pasos a seguir.


Cómo dar de baja un vehículo sin papeles

Y si el documento ha sido sustraído, el propietario deberá cumplimentar uno declaración responsable indicando sus datos y los del vehículo, alegando el motivo por el que no presenta la documentación.


¿Cuándo dejaré de pagar el impuesto de circulación?

Mientras esté de alta el vehículo, se debe pagar impuesto de tracción mecánica, se use esté o no. El impuesto se genera dentro de cada año natural, es decir, se genera el 1 de enero y se cobra cuando el Ayuntamiento del domicilio del vehículo lo considera oportuno.

Recuerda que para evitar que se generen nuevos impuestos, te recomendamos deshacerte del vehículo dentro del mismo año, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

Artículos Relacionados

Baja temporal vehículo en Tráfico

Baja definitiva de un vehículo por traslado a otro país

Dar de baja definitiva un vehículo

Alta de un vehículo dado de baja

 

Rate this post

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Salir de la versión móvil