Recurrir multas: De qué forma recurrirlas y cuándo hacerlo

Las multas son uno de los peores contrincantes de nuestros bolsillos, y más en el momento en que nos las ponen en períodos vacacionales en los que nuestros gastos son mayores. En este último año hemos hablado de multas con bastante continuidad. A ninguno nos hace gracia “pasar por caja”, y es por ello que nos gusta teneros bien informados acerca de todos y cada uno de los aspectos relacionados con las sanciones de la DGT.

Tras solucionar para quién es la multa si llevo a más gente de la tolerada en mi vehículo o si alguien no transporta puesto el cinturón en mi vehículo y explicaros de qué forma es el desarrollo de una multa en período voluntario, el día de hoy iremos un tanto más allá para hablar de cómo recurrir un multa. Es más, el desarrollo es muy similar al que vimos últimamente para recurrir una multa de aparcamiento.

como recurrir multas

La verdad es que recurrir multas es algo que se convirtió en un negocio para ciertas empresas, y una suerte de obligación para los conductores. La verdad es que de todas y cada una de las multas que se alargan cada día en España, un buen porcentaje de ellas se podrían recurrir sin mayores inconvenientes, pero otro porcentaje, y no sin importancia, no es susceptible de ese recurso.

A absolutamente nadie le gusta que le pongan multas, primero porque nos están diciendo que hicimos algo mal y, segundo, pues escuece abonar un dinero que podemos considerar injusto (pero eso habría que verlo).

Los españoles cometemos infracciones y disponemos despistes, pero más que nada disponemos un orgullo demasiado elevado que nos impide admitir nuestros errores y admitir que hemos contravenido alguna regla, ya sea por acción, o por omisión. Por decirlo precisamente, es rarísimo que alguien multado admita las secuelas de haberse saltado una norma, y por lo general solemos cuestionar siempre y en todo momento esas normas.

Recurrir multas

Es por este motivo que, al lado de la explicación de cómo tenemos la posibilidad de recurrir una multa, asimismo hablaremos de cuándo es preferible no recurrir, ni remover nada, simplemente admitir el castigo y pagar. Eso sí, tenemos que tener claro que recurrir una multa no es exactamente lo mismo que librarse de ella, y si no lo logramos, el resultado será peor.

Recurrir multas de tráfico: cuándo hacerlo

Toda multa es susceptible de recurso, pues toda multa puede enseñar un fallo en el trámite, puede contener un fallo mayor o menor, o incluso será viable probar que el hecho descrito en la multa es inverosímil, o de manera directa no sucedió (por poner un ejemplo, es sencillo demostrar que no eras tú el que circulaba en bicicleta a 253 km/h por una radial de La capital española si vives en Nerja y no te moviste de tu localidad).

La primera cosa que debes hacer es comprobar si tienes multas atentos y procurar que no se te pase el plazo pertinente. El período para recurrir una multa es de 20 días naturales desde la notificación de la sanción, y es exactamente el mismo período que el que existe para pagarla y tener una bonificación del 50%.

multa de trafíco
multa de trafico

En este sentido, ahora sabéis que todas las multas tienen un período de tiempo durante el como el multado se beneficia de un sustancioso descuento del 50% por próximamente pago. Pasado ese periodo, la multa va a deber abonarse al 100%. Este descuento tiene dos funciones según sea el punto de vista. Por una parte, incentiva entender que vas a pagar la mitad, pero por otro se da un efecto curioso para quien recauda, por el hecho de que es una manera de asegurarse un mínimo de recaudación, disuadiendo al ciudadano de presentar un recurso.

¿Por qué se da este segundo punto? Simplemente por el hecho de que el ciudadano sabe, o debería comprender, que en el momento en que muestra un recurso a una multa deja de existir la posibilidad de pago achicado del 50% que mencionamos. Esa es precisamente la razón por la cuál antes de presentar un recurso tienes que estar totalmente seguro de ganar, pues sino más bien habrás de abonar al 100% el importe de la multa. Por eso, frente a la duda, varios prefieren abonar ese 50% lo antes posible y no complicarse la vida.

multa guardia civil
multa guardia civil

 

Eso sí, si deseas recurrir una multa de forma exitosa, debes tener en cuenta estas simples cuestiones:

  1. La sanción, ¿es justa? O sea, ¿eres consciente de que hiciste algo mal? Esta es el interrogante que siempre se responde con un «no», pero para la que resulta conveniente ser honestos. Si has hecho algo mal, reconócelo y paga. Con la Ley de tráfico y las reglas de circulación delante, cerciórate de que la multa es injusta antes de recurrirla.
  2. Lee atentamente la multa y cerciórate de que todos los datos son adecuados y se ajustan a la verdad (fecha, vía, hora, modelo y marca de coche, matrícula…), tal como tus datos identificativos. Cualquier fallo de la Administración te favorecerá. En caso de conseguir algún fallo, es fácil recurrir y asimismo ganar el recurso por un defecto de forma.
  3. Si la multa es de agilidad, ¿funciona apropiadamente el radar? ¿Se tuvo presente el margen de fallo del aparato homologado? Si es por saltarse un semáforo, ¿hay una prueba, como por poner un ejemplo una fotografía? De nuevo, ¿están todos y cada uno de los datos correctamente especificados? ¿Funciona bien la cámara? ¿es legal y está homologada? Solicita siempre las pruebas que te incriminan y, si es necesario, date un paseo por el sitio de los hechos para ver con detalle la región (por servirnos de un ejemplo, una rama puede estar tapando la señal de prohibición que te saltaste, o la señal está en un idioma que no entiendes), puede que halles un razonamiento ganador.
  4. Si te ha pillado un agente, ¿puede probar lo que está diciendo? En una multa debe mostrarse obligatoriamente la identidad del agente u órgano que nos demanda, con lo que recurriremos siempre y cuando no aparezca. Si hablamos de una multa de estacionamiento, fíjate en que no firme la multa un policía municipal o un agente de movilidad, por el hecho de que ellos siempre y en todo momento se acogen al comienzo de certeza y en un caso así no te librarás tan de manera fácil de la multa.
  5. Comprueba que la Administración ha cumplido los plazos. Por ley, la Administración tiene tres meses de plazo para hacer llegar al infractor las sanciones leves y seis meses para las graves y muy graves. Es esencial cerciorarse de que la multa no ha prescrito.
  6. Verifica que la sanción contiene el faldón de recursos que nos comunica sobre qué recursos se pueden interponer y los plazos para efectuarlos. De lo contrario, recurre, puesto que la Administración va a deber reenviarte una nueva notificación y, como mínimo, ganarás tiempo. Hecho esto, prosigue las instrucciones indicadas en el faldón de elementos de tu multa, en él encontrarás, además de esto, la dirección postal a la que puedes enviar tu recurso. Otra alternativa es entregar el escrito en cualquier oficina de correos, ellos lo remitirán a la institución correspondiente.

Si después de haber seguido estos consejos todavía estás verdaderamente seguro recurrir la multa, prosigue leyendo, porque ahora te voy a explicar cómo recurrir una sanción de tráfico.

Recurrir una multa de tráfico: cómo llevarlo a cabo

Una vez recibida la notificación de demanda –mediante SMS, por Correo o cualquier otra vía-, la opción alternativa al pago de exactamente la misma es la presentación de alegaciones o, como se conoce habitualmente, recurrir la multa. Exactamente la misma la reducción del 50% en el pago, el plazo para enseñar alegaciones o pruebas es de 20 días naturales desde el día siguiente a la fecha de notificación de la demanda.

Para recurrir multas de tráfico solo debemos continuar las instrucciones que se muestran en el mencionado faldón de elementos (recursos que se tienen la posibilidad de interponer y plazos). Para recurrir una multa hemos de elaborar un pliego de descargo o escrito de alegaciones -es conveniente escribirlo empleando el lenguaje jurídico-, un recurso con el que procuramos que una resolución sea revocada, total o medianamente, por la autoridad que la dictó.

multa de tráfico por velocidad: cómo recurrirla

Si hablamos de una multa de tráfico, recuerda que la Sede Electrónica de la DGT pone predisposición de los ciudadanos la posibilidad de presentar alegaciones y elementos en los expedientes sancionadores tramitados por este Organismo por medio de su página web. Eso sí, en un caso así será requisito indispensable disponer de certificado digital o DNI electrónico.

Todas las alegaciones deben de contener los próximos datos:

  • Datos identificativos del entusiasmado (nombre, apellidos y NIF).
  • Si se muestran por el representante autorizado: Archivo acreditativo.
  • Datos del expediente, esto es, el número del expediente, el número del boletín de demanda o la matrícula del vehículo).
  • Hechos que tuvieron sitio, pruebas motivadas de la alegación.
  • Firma del entusiasmado.

Presentado el recurso para recurrir la multa ¿Y en este momento qué?

Una vez presentada la alegación, la respuesta de la Administración prosigue múltiples pasos:

  1. En caso de que las alegaciones aporten nuevos datos o diferentes a los constatados por el agente que interpuso la demanda y, si el instructor lo estima necesario, se trasladarán los mismos al agente para que informe sobre ellos en el período de 15 días naturales.
  2. Una vez terminada la instrucción del trámite, el órgano instructor elevará la propuesta de resolución al órgano competente para sancionar. Exactamente el mismo es el encargado de dictar la resolución sancionadora.

En un caso así, es esencial indicar que la iniciativa se trasladará al interesado sólo en caso de que figuren en el procedimiento o se hayan tenido en cuenta en la resolución otros hechos u otras alegaciones y pruebas diferentes a las aportadas por el mismo. El entusiasmado puede elaborar nuevas alegaciones en el plazo de 15 días naturales.

  1. Contra la resolución sancionadora que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición con carácter potestativo en el período de un mes desde la notificación de la resolución, o de manera directa interponer un recurso contencioso administrativo.

En cualquier caso, la resolución sancionadora pone fin a la vía administrativa y es ejecutable desde el día siguiente a la notificación de exactamente la misma. En caso de interponerse el citado recurso de reposición con carácter potestativo, es importante tener en cuenta que:

  • Este no interrumpe la ejecución del acto impugnado ni de la sanción.
  • El recurso se debe fundamentar en hechos o pruebas distintas a las alegaciones.
  • Si en el período de un mes no se soluciona, se entenderá desestimado por silencio administrativo, quedando supeditada la vía contencioso-administrativa.
Providencia Apremio AET
Providencia Apremio AET

¿Acudo a una empresa para recurrir multas?

Todos conocéis esas compañías que se ocupan al recurso de multas. Al recurso sistemático de multas. ¿Merece la pena? De entrada a mí me da la sensación de que no, y sin poner en duda su legalidad, me inclino a meditar que no dicen toda la realidad. Ya entendemos que todas y cada una de las multas se pueden recurrir, completamente todas. Uno puede saltarse un semáforo a 80 km/h en una calle limitada a 30 km/h, que siempre lo va a poder denegar. Pero absolutamente nadie va a sacarle la multa.

Desde el punto de vista del conductor, recurrir una multa es interesante si estamos seguros de ganar el recurso; si no, prácticamente seguro que vamos a tener que abonar el 100% del importe. Contratar un «paquete de protección» en las empresas de elementos de multas es aceptar de antemano que nos van a multar lo bastante para que nos sea productivo… y no lo va a ser.

En el momento en que alguien contrata un «paquete» con una de estas compañías, mi duda es, ¿paga por adelantado para el hipotético caso en el que necesite recurrir una multa? ¿Es que es un conductor al que se le multa habitualmente? ¿Se cura en salud y, lo más esencial, le sale rentable? Tengamos en cuenta una situación, alén del discutible afán recaudatorio de la Administración: la inmensa mayoría de las multas que nos ponen son justas, nos agrade o no reconocerlo.

radar de velocidad
radar de velocidad

Muchas de las sanciones se corresponden a infracciones que van desde el despiste, pasando por el desconocimiento (pero eso no exonera de cumplir la ley) y llegando a la infracción por desidia o por chulería. Si bien nos hallemos con radares colocados para «apresar», la enorme mayoría están señalizados y no nos cazan si vamos a velocidades legales. Y todas y cada una de las calles están limitadas y entendemos a cuánto ir y qué maniobras no están permitidas.

Quiero decir con esto que veo muy difícil que a uno le pongan una multa que no se merece. Puede haber algún error en la forma, sí, pero ¿tanto se ha perdido el carácter «educativo» de la multa? ¿Nos encontramos tan por encima de todo que ya ni aceptamos el castigo a la infracción por sistema? Que cada uno de ellos realice su propia reflexión

También te puede interesar :

Multas por no llevar los papeles en el coche

Pago de Multas de Tráfico

Notificación de Multas de Tráfico al Móvil o correo electrónico. ¿Cómo funciona?

5/5 - (1 voto)
Scroll al inicio