Ya se ha aprobado la nueva ordenanza de movilidad sostenible, con medidas que reflejan prácticamente lo que ya existe con el centro de Madrid. Pero, ¿qué pasa con los coches sin etiquetar?
El lunes 13 de septiembre, el Ayuntamiento de Madrid aprobó nuevo pedido Movilidad durable, pasando de Madrid Central al Distrito Central de Madrid. Una vez aprobado, fuentes del Consistorio indicaron que Entrará en vigor el día de la publicación del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), algo que se espera que suceda a finales de esta semana o principios de la próxima.
Como ya te contamos en nuestro artículo completo, Madrid Distrito Centro parte de la base de Madrid Central, pero con algunos cambios relacionados con vehículos comerciales, que ahora pueden pasar un máximo de tres por cada ubicación; con camiones de más de 3,5 toneladas, que dejarían de circular el 1 de enero de 2022, pero que ahora podrán hacerlo un año más; y el tiempo máximo de carga y descarga en las áreas definidas para ello, que va de 30 a 45 minutos.
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¿Puedo acceder al Barrio Central con un coche sin etiqueta?
En cuanto al acceso al Distrito Centro de Madrid, nada ha cambiado. Por tanto, los vehículos sin la etiqueta medioambiental de la DGT (categoría A) no podrán acceder a la Zona de Protección Especial de Baja Emisión (ZBEDEP), algo que afecta no solo al centro de la ciudad, sino también a la Plaza Elíptica. A su vez, ECO, CERO, C y B aún pueden ingresar, este último siempre que vayan a un estacionamiento o garaje privado.

Entonces, ¿qué pasa con los vehículos sin etiqueta? Lo cierto es que su futuro en Madrid es complicado. Momentáneo, no puede entrar en la zona de bajas emisiones, aunque hay excepciones:
- Aquellos vehículos poseídos antes del 24 de noviembre de 2018, cuando entró en vigencia la ordenanza y los registrados en el Distrito Central.
- Vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida.
- Coches de empresas y autónomos que trabajan en el distrito central de Madrid.
- Personas que tienen que ingresar a esa área para dejar o recoger a sus hijos de la escuela.
Ojos, porque A partir del 1 de enero de 2025 ya no se permitirá el acceso a la zona de bajas emisiones, aunque residan en la capital. Solo aquellos que posean un vehículo catalogado como histórico y vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida todavía pueden entrar en el distrito central de Madrid.
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Programa de restricción para vehículos sin etiquetar
Partiendo de las zonas donde los niveles de contaminación son más altos (dentro de la M-30), la tiempo de limitaciones El tráfico establecido para aquellos vehículos sin distinción ambiental que no se encuentren inscritos en el registro IVTM del Ayuntamiento es el siguiente:
- A partir del 1 de enero de 2023 está prohibido su acceso y circulación en la vía pública urbana dentro de la M-30 y la propia M-30.
- A partir del 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del territorio de la ZBE de Madrid.
- A partir del 1 de enero de 2025, la prohibición se amplió a los vehículos no distintivos domiciliados en la capital.