La DGT cambiará la forma de notificar las multas

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que, a partir del próximo 1 de noviembre, ya no emitirá notificaciones en papel a las personas jurídicas, o lo que es lo mismo, se fue de la empresa.

De esta manera, las compañías terán que presentado de manera obligatoria a la Dirección Electrónica Vial (DEV). Si en el mes de noviembre aún faltan empresas por efectura est trámite, la administración les de alta de oficio y notirá les simultanemo por esta vía.

Es un canal de notificaciones con una serie de características específicas que se deben tener en cuenta si se quiere estar al tanto de todas las posibles multas que se hayan podido recibir.

Revisa la plataforma regularmente

Una vez que se publica una notificación a través de este nuevo método, hay una 10 días naturales para descargarlo. En el caso de que se haya hecho en ese periodo, al expirar la notificación (ya no se puede descargar) y el sistema entiende que se ha recibido. Por lo tanto, es muy importante entrar con regularidad a la plataforma para revisar si se han recibido o no notificaciones.

Después de que la notificación caduque, empieza intervalo temporal (entre 10 y 20 días según el caso) para disputar y suscribir el monto económico correspondiente al lote.

Sanciones hasta el triple del importe

Si no se responde en el citado plazo, se genera uno incumplimiento/sanción que puede ser hasta tres veces la importación desde la comunicación inicial. En ese supuesto, se procedería al embargo de la cantidad por Hacienda.

No obstante, para evitar este tipo de problemas, las empresas pueden adquirir un correo electrónico y un teléfono móvil en el que se les alertaría de cualquier tipo de sanción. En cualquier caso, para abrir la notificación es necesario acceder a la plataforma de la Dirección Electrónica Vial.


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